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Control por Sobrevivencia
Control por Sobrevivencia
- Opciones para comprobación de sobrevivencia
- Requisitos para control de sobrevivencia
Comprobación de sobrevivencia por Vejez, Invalidez y Sobrevivencia:
De los pensionados por viudez o convivientes sobrevivientes residentes en El Salvador:
- Visita semestral de pensionados a las instalaciones del Instituto Previsional, ya sea a las oficinas centrales o a las oficinas del Instituto en el interior del país;
- A través del sistema médico hospitalario del Régimen de Salud del ISSS;
- A través de visita domiciliar;
- A través de Declaración Jurada;
- A través de un sistema de digitalización o escaneo de las características biométricas de la mano o de las huellas digitales del pensionado.
- Formato Presencial (Presentarse a firma a oficina central o descentralizadas con los requisitos siguientes)
- Documento de identidad personal con fotografía: Dui o pasaporte.
- Canal Electrónico Mediante llamada telefónica al 2560-9200 Opción 1
Se solicitará la siguiente información para validar su comprobación de sobrevivencia durante la llamada telefónica:
- Nombre del pensionado, del afiliado o beneficiario
- DUI del afiliado;
- Tipo de pensión o beneficio; y
- Datos personales (Tipo y número de documento de identidad).
- Dirección actual
- Fecha de Nacimiento, etc
Nota: Se notifica en la llamada su próxima fecha de comprobación y aceptación al servicio brindado.
- Canal WhatsApp Mediante video pre grabado al numero 7768-0555, adjuntando fotografía de DUI o PASAPORTE vigentes, de ambos lados.
Requisitos para control de sobrevivencia:
Documento de Identidad: Podrá ser el Documento Único de Identidad, Carné de Minoridad, Pasaporte o Carné de Residente, según corresponda
Del pensionado:
- Documento de identidad personal vigente con fotografía: Dui o Pasaporte.
Del menor o incapaz residente en el extranjero:
Presentar la Certificación de Residencia, si fuere el caso de hijos menores de 18 años que residen en el exterior. Dicha certificación deberá ser presentada durante el primer mes de cada año.
- Partida de nacimiento del menor;
- Carné de identificación con fotografía, extendido por el Instituto Previsional.
De los tutores o representantes legales:
- Carné de tutor con fotografía, extendido por el Instituto Previsional.
- Documento de identidad personal con fotografía: Dui o pasaporte vigentes.
De los pensionados y beneficiarios residentes en el extranjero:
- Para la comprobación de sobrevivencia en el caso de pensionados o beneficiarios residentes fuera del país, el pensionado o afiliado deberá presentarse ante la Oficina del Consulado Salvadoreño en el país de residencia y solicitar efectuar una Declaración Jurada ante sus oficios, la cual deberá redactarse de acuerdo a la legislación notarial de El Salvador;
- En caso de no existir Consulado de El Salvador en el país de residencia, el pensionado o afiliado podrá comprobar su sobrevivencia a través de la declaración jurada, la cual deberá realizarse ante los oficios de un notario público autorizado por la Corte Suprema de Justicia de El Salvador; y
- Alternativamente, la declaración jurada podrá otorgarse ante los oficios de la persona que ejerza la función del notariado en el país de residencia del pensionado, la cual tendrá validez en El Salvador, siempre y cuando esta se realice en idioma castellano y lleve las auténticas de firma requeridas por las leyes salvadoreñas y tratados internacionales suscritos por El Salvador.
En este caso, la declaración jurada podrá realizarse en acta notarial, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos por la Ley de Notariado de El Salvador.
En estos casos se podrá hacer uso de medios electrónicos para efectuar la comprobación de sobrevivencia.